MODELO DE PARTICION DE HERENCIA POR TESTAMENTO
ESCRITURA Nº.........-
Ante mí, Escribano Autorizante Comparece el/la Señor/Señora ......., con documento de identidad Nº..., y domicilio en ........., de profesión ........, viudo de Doña/Don ...., con quién contrajo primeras nupcias en .…...., el dí....., y de cuyo matrimonio nacieron sus hijos ........, cuyas edades son…..... respectivamente, según surge de la Partida de Nacimiento que me exhibe, hábil y de mi conocimiento, doy fe, y dice que dicta el siguiente testamento a fines de efectuar la partición anticipada de sus bienes entre sus hijos para surtir efecto después de su fallecimiento:
PRIMERA: Es deseo de el/la suscripto/a que sean fielmente cumplidas las mandas testamentarias, de conformidad con la legislación vigente.
SEGUNDA: Que deja expresamente establecido que posee los siguientes bienes: ........, revistiendo los mismos el carácter de …...., según costa en la siguiente documentación: …..... El estado de ocupación y derechos sobre los bienes es el siguiente ...........-
TERCERA: Que ha donado en concepto de adelanto de herencia, a su hijo..... el siguiente bien ……... Dicha donación ha sido realizada en fecha ......, y el bien donado ha sido valuado en Pesos …... ($ .....), por lo que dispone que se colacione a la masa de sus bienes.
CUARTA: Que atento a que han sido tasados los bienes en Pesos …... ($ .....). y la donación colacionada en Pesos …... ($ .....), extraída la porción sobrante de Pesos …... ($ .....), alcanza la legítima de sus hijos a Pesos …... ($ .....), correspondiendo la adjudicación los siguientes bienes a su hijos……. ...-
QUINTA: Que conforme a su estado civil actual, son sus únicos herederos forzosos ......., cuyos datos identificatorios y domicilios son los siguientes: ..................-
SEXTA: Que a los efectos de determinar los créditos a cobrar y deudas pendientes, se presenta el siguiente detalle: ...................-
SEPTIMA: Que por medio del presente impongo a ….... las siguientes cargas …..-.
OCTAVA: Del excedente a la legítima se formula el siguiente legado a ..…….-
NOVENA: Para dar cumplimiento a la voluntad testamentaria nombra albacea a Don ...., con DNI Nº ............ y domicilio en ...........-
DECIMA: Una vez satisfechos los impuestos, gastos y cargas sucesorias y los honorarios que judicialmente correspondan, los bienes sean repartidos conforme la Cláusula Cuarta del presente Instrumento, como así también los acrecimientos que pudiera sucederse en el lapso que transcurra entre el día de la fecha y del fallecimiento.-
UNDECIMA: Que se cumplen las condiciones establecidas por los Artículos 3606 y concordantes del Código Civil, referentes a la edad y aptitud física y moral, encontrándose el testador en pleno uso de sus derechos y en su sano juicio.-
DUODECIMA: Se revoca con el presente cualquier otra disposición testamentaria realizada anteriormente.-
DECIMATERCERA: Conforme lo normado por el Artículo 3654 del Código Civil, y atento a que éste es un testamento por acto público, se encuentran presentes los Testigos: ........... con DNI Nº ....... y domicilios en ........... respectivamente, todos vecinos en esta Ciudad, y de mi conocimiento, doy fe.-
DECIMACUARTA: Procedí a leer el presente a el/la testador/a y testigos, quiénes escucharon y vieron el contenido del presente, firmando todos ante mí, doy fe.-
DECIMAQUINTA: Dado en .......... a lo…..... días del mes de ………. ... de ..........-
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PARTICIÓN POR TESTAMENTO EN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL
LIBRO QUINTO. TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
TITULO VIII. Partición
CAPITULO 7. Partición por los ascendientes
SECCION 3ª. Partición por testamento
ARTICULO 2421.- Enajenación de bienes. La partición hecha por testamento es revocable por el causante y sólo produce efectos después de su muerte. La enajenación posterior al testamento de alguno de los bienes incluidos en la partición no afecta su validez, sin perjuicio de las acciones protectoras de la porción legítima que pueden corresponder.
Sus beneficiarios no pueden renunciar a ella para solicitar una nueva partición, excepto por acuerdo unánime.
ARTICULO 2422.- Efectos. La partición por testamento tiene los mismos efectos que la practicada por los herederos.
ARTICULO 2423.- Garantía de evicción. Los herederos se deben recíprocamente garantía de evicción de los bienes comprendidos en sus lotes.
La existencia y legitimidad de los derechos transmitidos se juzga al tiempo de la muerte del causante.
CUADRO
PREGUNTAS
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¿Quién puede revocar la partición hecha por testamento?
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NOCIÒN
LA PARTICIÒN POR ASCENDIENTE, ES LA POSIBILIDAD DE LOS PADRES O LOS DEMÀS ASCENDIENTES DE DIVIDIR LA HERENCIA ENTRE SUS DESCENDIENTES, ANTES DE SU MUERTE.
ANTECEDENTES: Se remontan al derecho romano; se regulaba en las partidas; pasan al Còdigo Civil Frances de 1004 en el que se inspira el nuestro.
FINALIDAD: Es conferirle a los padres un medio de prevenir las diferencias que pude suscitar la partición despuès de su muerte, pudiendo atribuìrle a cada uno de sus hijos los bienes que convienen a su caracter, profesiòn o situación pecuniaria.
FORMAS:
1.- PARTICIÓN POR DONACIÓN:
2.- PARTICIÓN POR TESTAMENTO:
PERSONAS QUE PUEDEN EFECTUARLA Y A FAVOR DE QUIENES SE PUEDE EFECTUAR: pueden hacerlo los ASCENDIENTES entre sus DESCENDIENTES mayores o menores de edad. En caso de que el cónyuge concurra a la herencia con los descendientes, también debe quedar comprendido en la partición.
BIENES QUE DEBE COMPRENDER: Debe comprender todos los bienes del causante , ya que se trata de una división definitiva de la herencia. Pero, algunos autores sostienen que, la omisión de algún bien, sea o no deliberadamente, no invalida la partición , puesto que ese bien podrá dividirse luego por las reglas ordinarias, al igual que los bienen que ingresen al patrimonio del ascendiente en el período que corre desde el otorgamiento del testamento a la muerte del testador.
MODO DE EFECTUAR LA PARTICIÓN: Debe ajustarse al principio de la división en especie, respetando la igualdad y proporcionalidad de los lotes. Ademas, se debe colacionar el valor de los bienes de las donaciones que hayan hecho a los descendientes, salvo dispensa.
EFECTOS: Tiene los mismos efectos que las particiones ordinarias. Por Ej. en relación a la evicción.
CAUSALES DE NULIDAD:
1.- POR CAUSAS DE NULIDAD DEL TESTAMENTO.
2.- POR CAUSAS DE NULIDAD DE LA PARTICIÓN.
3.- POR CAUSAS ESPECÍFICAS DE ÉSTA FORMA DE PARTICIÓN:
A.- POR NO COMPRENDER:
-> TODOS LOS HIJOS QUE EXISTÍAN AL TIEMPO DE LA MUERTE DEL ASCENDIENTE, O
-> LOS DESCENDIENTES DE LOS HIJOS FALLECIDOS DEL ASCENDIENTE, O
-> EL CÓNYUGE, si lo hubiere.
B.- POR EL NACIMIENTO DE UN HIJO, DESPUÉS DE OTORGADO EL TESTAMENTO, o después de la muerte del causante (hijo postumo).
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