Proceso sucesorio. Disposiciones generales

EL PROCESO SUCESORIO EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

LIBRO QUINTO. TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE

TÍTULO VII. Proceso sucesorio

CAPÍTULO 1. Disposiciones generales.

ARTÍCULO 2335.- Objeto. El proceso sucesorio tiene por objeto identificar a los sucesores, determinar el contenido de la herencia, cobrar los créditos, pagar las deudas, legados y cargas, rendir cuentas y entregar los bienes.

ARTÍCULO 2336.- Competencia. La competencia para entender en el juicio sucesorio corresponde al juez del último domicilio del causante, sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 9a, Capítulo 3, Título IV del Libro Sexto.

El mismo juez conoce de las acciones de petición de herencia, nulidad de testamento, de los demás litigios que tienen lugar con motivo de la administración y liquidación de la herencia, de la ejecución de las disposiciones testamentarias, del mantenimiento de la indivisión, de las operaciones de partición, de la garantía de los lotes entre los copartícipes y de la reforma y nulidad de la partición.

Si el causante deja sólo un heredero, las acciones personales de los acreedores del causante pueden dirigirse, a su opción, ante el juez del último domicilio del causante o ante el que corresponde al domicilio del heredero único.


FUNDAMENTOS DEL ANTEPROYECTO DE CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

[..]

Un Título se destina a reglar el proceso sucesorio. 

Se fija el objeto y la competencia. 


PREGUNTAS SOBRE LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PROCESO SUCESORIO


¿Cuál es el principal objetivo del proceso sucesorio según el artículo 2335?

a) Identificar a los acreedores.

b) Identificar a los sucesores y determinar el contenido de la herencia.

c) Cobrar deudas a los herederos.

d) Determinar el lugar de residencia del fallecido.


¿Qué debe hacerse con los créditos en el proceso sucesorio?

a) Pagar solo los créditos personales del fallecido.

b) Ignorar los créditos si no hay testamento.

c) Cobrar los créditos correspondientes.

d) Solo considerar los créditos de los legatarios.


¿Cuál es el destino de los bienes en el proceso sucesorio?

a) Se entregan a los acreedores.

b) Se distribuyen entre los herederos sin más trámite.

c) Se entregan a los sucesores después de cumplir con las deudas, legados y cargas.

d) Se subastan en beneficio del Estado.


En el proceso sucesorio, ¿quién debe rendir cuentas?

a) Los herederos.

b) El albacea o el administrador de la herencia.

c) El juez encargado del proceso.

d) Los acreedores del fallecido.


¿Qué debe suceder con las deudas y legados en el proceso sucesorio?

a) Se deben pagar antes de entregar los bienes a los herederos.

b) No es necesario pagarlos si los herederos lo rechazan.

c) Solo se pagan si hay suficiente dinero en efectivo.

d) Se distribuyen proporcionalmente entre los herederos.


¿A quién corresponde la competencia en el juicio sucesorio?

a) Al juez del lugar donde se encuentran los bienes del causante.

b) Al juez del último domicilio del causante.

c) Al juez elegido por los herederos.

d) Al juez de la residencia actual de los herederos.


¿Qué asuntos, además del juicio sucesorio, debe conocer el mismo juez?

a) Solamente la partición de los bienes.

b) Las acciones de petición de herencia y nulidad de testamento.

c) Únicamente la liquidación de la herencia.

d) Las acciones relacionadas solo con la administración de los bienes.


En el caso de que haya un solo heredero, los acreedores del causante pueden dirigir sus acciones ante:

a) El juez del lugar donde vivió el heredero.

b) El juez del último domicilio del causante o del domicilio del heredero único.

c) Solo ante el juez del último domicilio del heredero único.

d) El juez que determine el causante en su testamento.


¿Qué otros litigios puede conocer el juez en el proceso sucesorio?

a) Los que se refieren exclusivamente a la ejecución de legados.

b) Los relacionados con la indivisión, partición y garantía de los lotes entre los copartícipes.

c) Solo los litigios sobre la reforma del testamento.

d) Los que traten sobre la gestión de bienes inmuebles.


Si un testamento es impugnado, ¿quién tiene competencia para conocer de la nulidad del mismo?

a) El juez de la residencia actual de los herederos.

b) El juez del último domicilio del causante.

c) El juez elegido por los herederos.

d) El juez donde se redactó el testamento.

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