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Funciones del administrador de la herencia

Funciones del administrador de la herencia en el Código Civil y Comercial


LIBRO QUINTO

TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE


TITULO VII

Proceso sucesorio


CAPITULO 4

Administración judicial de la sucesión


SECCION 2ª

Funciones del administrador


ARTICULO 2353.- Administración de los bienes. El administrador debe realizar los actos conservatorios de los bienes y continuar el giro normal de los negocios del causante.

Puede, por sí solo, enajenar las cosas muebles susceptibles de perecer, depreciarse rápidamente o cuya conservación es manifiestamente onerosa. Para la enajenación de otros bienes, necesita acuerdo unánime de los herederos o, en su defecto, autorización judicial.

Además de gestionar los bienes de la herencia, debe promover su realización en la medida necesaria para el pago de las deudas y legados.


ARTICULO 2354.- Cobro de créditos y acciones judiciales. Previa autorización judicial o de los copartícipes si son plenamente capaces y están presentes, el administrador debe cobrar los créditos del causante, continuar las acciones promovidas por éste, iniciar las que son necesarias para hacer efectivos sus derechos, y presentarse en los procesos en los cuales el causante fue demandado.

En ningún caso puede realizar actos que importan disposición de los derechos del causante.


ARTICULO 2355.- Rendición de cuentas. Excepto que la mayoría de los copropietarios de la masa indivisa haya acordado otro plazo, el administrador de la herencia debe rendir cuentas de su administración trimestralmente, o con la periodicidad que el juez establezca.



CUADRO RESUMEN





PREGUNTAS




Juego de Preguntas sobre la Administración de la Herencia (Código Civil y Comercial)
¿Qué debe hacer el administrador con los bienes de la herencia?

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