Mostrando entradas con la etiqueta Indignidad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Indignidad. Mostrar todas las entradas

ACCIÓN DE INDIGNIDAD

MODELO DE ACCIÓN DE INDIGNIDAD

Señor/a Juez:

….., abogado/a, por la intervención acreditada en autos "…......s/sucesión ab intestato", expte. Nº ..., año ..., en carácter de apoderado de la heredera Sra……., comparezco ante V.S. y respetuosamente digo:

1. OBJETO

Que cumpliendo instrucciones de mi representada, vengo en tiempo y forma a promover acción de indignidad, contra el heredero Sr.………. domiciliados en ..., de la localidad de......., en base a lo hechos que paso a exponer.-

2. HECHOS

Que a la muerte de la Sra. quien falleciera con fecha .../.../...., en la ciudad de ..............., fueron declaradas herederos universales y únicos, los dos hijos de la causante, Sr.......y Sra.......-

Que el Sr......., quien se domiciliaba a ....... metros de la causante, en ocasiones era solicitado para auxiliar a su madre en caso de enfermedad. Situación que no era de su agrado, ni tampoco colaboraba en la contratación de alguna persona para su auxilio.

Como resultado de ello, ha agredido a su madre en varias ocasiones, causándole lesiones e incluso ingresos hospitalarios. Además, ha proferido insultos y amenazas constantes, creando un ambiente de constante tensión y angustia para la causante.

Que en alguna ocasión, se estableció una orden de exclusión y de restricción de acercamiento, en virtud de los graves hechos de violencia que la demandada causó a su difunta madre.

Estos actos de maltrato han sido muy conocidos y documentados por otros miembros de la familia, amigos cercanos e incluso vecinos. Existen informes médicos que respaldan las lesiones sufridas por la causante debido a los ataques del Sr......... Además, se cuenta con testimonios de testigos presenciales que pueden corroborar los hechos.

Es por ello, que las conductas del Sr. evidencian la configuración de la causal de indignidad invoca, consistente en los malos tratos dispensados al causante, nuestro madre.

3. DERECHO

Fundo la presente en los en los arts. 2281 inc. b), cc, y ss. del CCyC.

4. PRUEBA

Documental

a) Constancias de autos.

b) Constancia de denuncia por violencia familiar y Constancia de resolución donde ordena restricción y exclusión del demandado.

c) Certificado médico de donde surgen lesiones compatible con malos tratos, que sufriera la causante.

Informativa

Solicito se libre oficio al Sanatorio ".........." a fin de que remitan copia de la historia clínica desde el ingreso de la Sra........ a dicho nosocomio, tratamiento sugerido, diagnóstico, medicación y todo otro dato de interés que haga a su historial como paciente.

Testimonial

De las siguientes personas a tenor del pliego que se acompañará

oportunamente:

a) , con domicilio en calle ....... N°...., ciudad de ..........

b) , con domicilio en calle....... N°...., ciudad de ........

5. PETITORIO

a) Tenga por iniciada la presente acción de indignidad.

b) Tenga por ofrecida y acompañada la prueba que se expresa.

c) Oportunamente, haga lugar a la demanda declarando al Sr.....

indigno de heredar y, en consecuencia, se la excluya de la sucesión de la Sra....-

Provea V.S. de conformidad,

SERA JUSTICIA.-


INDIGNIDAD EN CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL


LIBRO QUINTO
TRANSMISIÓN DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE


TÍTULO I
Sucesiones


CAPÍTULO 2
Indignidad


ARTÍCULO 2281.- Causas de indignidad. Son indignos de suceder:

a) los autores, cómplices o partícipes de delito doloso contra la persona, el honor, la integridad sexual, la libertad o la propiedad del causante, o de sus descendientes, ascendientes, cónyuge, conviviente o hermanos. Esta causa de indignidad no se cubre por la extinción de la acción penal ni por la de la pena;

b) los que hayan maltratado gravemente al causante, u ofendido gravemente su memoria;

c) los que hayan acusado o denunciado al causante por un delito penado con prisión o reclusión, excepto que la víctima del delito sea el acusador, su cónyuge o conviviente, su descendiente, ascendiente o hermano, o haya obrado en cumplimiento de un deber legal;

d) los que omiten la denuncia de la muerte dolosa del causante, dentro de un mes de ocurrida, excepto que antes de ese término la justicia proceda en razón de otra denuncia o de oficio. Esta causa de indignidad no alcanza a las personas incapaces ni con capacidad restringida, ni a los descendientes, ascendientes, cónyuge y hermanos del homicida o de su cómplice;

e) los parientes o el cónyuge que no hayan suministrado al causante los alimentos debidos, o no lo hayan recogido en establecimiento adecuado si no podía valerse por sí mismo;

f) el padre extramatrimonial que no haya reconocido voluntariamente al causante durante su menor edad;

g) el padre o la madre del causante que haya sido privado de la responsabilidad parental;

h) los que hayan inducido o coartado la voluntad del causante para que otorgue testamento o deje de hacerlo, o lo modifique, así como los que falsifiquen, alteren, sustraigan, oculten o sustituyan el testamento;

i) los que hayan incurrido en las demás causales de ingratitud que permiten revocar las donaciones.

En todos los supuestos enunciados, basta la prueba de que al indigno le es imputable el hecho lesivo, sin necesidad de condena penal.


ARTÍCULO 2282.- Perdón de la indignidad. El perdón del causante hace cesar la indignidad. El testamento en que se beneficia al indigno, posterior a los hechos de indignidad, comporta el perdón, excepto que se pruebe el desconocimiento de tales hechos por el testador.


ARTÍCULO 2283.- Ejercicio de la acción. La exclusión del indigno sólo puede ser demandada después de abierta la sucesión, a instancia de quien pretende los derechos atribuidos al indigno. También puede oponerla como excepción el demandado por reducción, colación o petición de herencia.

La acción puede ser dirigida contra los sucesores a título gratuito del indigno y contra sus sucesores particulares a título oneroso de mala fe. Se considera de mala fe a quien conoce la existencia de la causa de indignidad.


ARTÍCULO 2284.- Caducidad. Caduca el derecho de excluir al heredero indigno por el transcurso de tres años desde la apertura de la sucesión, y al legatario indigno por igual plazo desde la entrega del legado.

Sin embargo, el demandado por el indigno por reducción, colación o petición de herencia, puede invocar la indignidad en todo tiempo.


ARTÍCULO 2285.- Efectos. Admitida judicialmente la exclusión, el indigno debe restituir los bienes recibidos, aplicándose lo dispuesto para el poseedor de mala fe. Debe también pagar intereses de las sumas de dinero recibidas, aunque no los haya percibido.

Los derechos y obligaciones entre el indigno y el causante renacen, así como las garantías que los aseguraban.